APYMER TRAMITARÁ DE FORMA GRATUITA LAS AYUDAS A LAS EMPRESAS DE LOS MUNICIPIOS AFECTADOS POR EL INCENDIO DE SIERRA BERMEJA

Hoy jueves 12 de mayo el Boletín
Oficial de la provincia de Málaga publica las bases de las subvenciones
destinadas a negocios ubicados en los municipios afectados por el incendio de
Sierra Bermeja del pasado verano.

Desde Apymer, en un intento de
ayudar en todo los posible a las empresas de estos municipios, nos ofrecemos de
forma completamente desinteresada y gratuita para realizar la tramitación de
estas ayudas para todas empresas que lo necesiten, sean o no asociadas a
Apymer.

Aunque aún no se ha abierto el
plazo para presentar las solicitudes de subvenciones, todas aquellas empresas
de los municipios de Genalguacil, Jubrique, Faraján, Júzcar y Pujerra (ámbito
de actuación de nuestra asociación) que estén interesados en acceder a estas
ayudas deberán ponerse en contacto con Apymer a través del 952.87.84.92 o
escribiendo al email ronda@apymer.org.
Pueden acceder a más información a través de la web www.apymer.org

Por un lado, se establecen ayudas
para gastos corrientes en bienes y servicios de los sectores del comercio,
restauración, hospedaje, agroalimentario, forestal y ganadero. En este caso,
podrán incluirse gastos de arrendamiento o subarriendo de bienes inmuebles; de
suministros de electricidad, agua y gas donde la actividad económica se
desarrolle; de mantenimiento de herramientas digitales (sitios web, comercio
electrónico, aplicaciones móviles, entre otras); y gastos de alquiler de
equipos, maquinaria y elementos de transporte vinculados al proceso productivo.

La cuantía máxima a conceder a
los beneficiarios de esta subvención será de 6.000 euros.

Y, por otro, se concederán ayudas
para la adquisición de bienes de inversión en los sectores agroalimentario,
forestal y ganadero, que incluyen compra de maquinaria, herramientas, equipos y
procesos productivos; de software para transformación digital (plataformas de
ventas on line, herramientas web y aplicaciones o software para digitalización
de la gestión); de hardware asociado a la transformación digital (equipos
informáticos, móviles y tabletas); gastos de cambio de cultivo o método de
regadío y adquisición de elementos de trasporte, como tractores, furgonetas,
remolques y motos de reparto.

En este caso, la cuantía a
percibir variará en función de la inversión que se realice. Cuando el importe
del proyecto, IVA excluido, sea inferior o igual a 10.000 euros, se concederá
una subvención por el 100% del importe total del proyecto. Y cuando el importe
del proyecto supere la cuantía de 10.000 euros, IVA excluido, la cuantía de la
subvención será del 85% del proyecto, con un máximo de 30.000 euros.

Los gastos subvencionables
deberán realizarse o haberse realizado entre el 8 de septiembre de 2021 y el 31
de diciembre de 2022, permitiéndose por tanto, las inversiones o actividades
realizadas con anterioridad a la publicación de la convocatoria.



Source link

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad